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30.12.14

LA SECUENCIA, UNA PERVIVENCIA ARQUEOLÓGICA EN LA MISA

La Secuencia es, en su origen, una composición litúrgico musical, que surgió como la prolongación del Aleluya, como una larga vocalización de la “a” final del Aleluya. Por ser de tono festivo se llamaron inicialmente jubilus, y más tarde se llamaron sequentia, porque eran como una continuación del canto del Aleluya. El momento de mayor florecimiento de estas composiciones litúrgicas fue durante los siglos de la Edad Media, donde fueron muy abundantes.
Así pues, la sequentia nació de la vocalización que se hacía sobre la última sílaba del Alleluia y que se denominaba en griego «akoluthía» o «sequentia», es decir, como algo que sigue y es un apéndice del aleluya. De este jubilus se pasó a un nuevo texto melódico, la sequentia cum prosa, que solía separarse en versos pero desiguales y sin forma rítmica, y se cantaban alternativamente por dos coros, uno de voces blancas y otro de hombres.
En el siglo XI se da lugar a una forma más independiente del Alleluia y ya como poesía rítmica. Surgen las Secuencias que hoy conocemos, de las cuales, la más popular es el Victimae Paschali, atribuida a Wipo de Burugundia (+ 1048).
Las Secuencias gozaron del favor popular, por su forma simple, silábica, sin la complicación de los interminables jubilus melismáticos, de más difícil ejecución. Las Secuencias se prestaban al canto colectivo, tanto  dentro como fuera de la iglesia. Por este motivo, las Secuencias dieron un gran impulso a lo que hoy llamamos canto religioso popular, es decir los cantos populares de Misa, conformando uno de los tres géneros de la música litúrgica, junto con la polifonía sacra y el gregoriano, que ocupa el primer lugar.
El papa san Pío V (1570), dejó solamente cuatro Secuencias para la Liturgia: Victimae Paschali para la Pascua; Veni Sancte Spiritus para Pentecostés; Lauda Sion para el Corpus Christi y el Dies Irae para las misas de Requiem de difuntos. Posteriormente se añadió por Benedicto XIII el Stabat Mater, para la memoria de Nuestra Señora de los Dolores. Actualmente, en la actual reforma litúrgica se suprimió el Dies Irae, tal vez por el tono apocalíptico y poco evangélico del texto, quedando como obligatorias sólo la de Pascua y la de Pentecostés, y las otras dos ad libitum. La “Secuencia”, que fuera de los días de Pascua y Pentecostés, es facultativa, se canta antes del Aleluya[1]. 
Litúrgicamente, en la actualidad se sitúa su canto o recitación antes del Aleluya, no detrás, como fue en su origen. Y surge una pregunta: ¿Qué postura corporal debemos adoptar los fieles durante la Secuencia? Actualmente la OGMR no aclara nada, por lo que parece que se debería cantar o escuchar su recitado estando sentados: Los fieles estén de pie: desde el principio del canto de entrada, o mientras el sacerdote se acerca al altar, hasta el final de la oración colecta; al canto del Aleluya que precede al Evangelio: durante la proclamación del mismo Evangelio; durante la profesión de fe y la oración de los fieles; y también desde la invitación Orad hermanos que precede a la oración sobre las ofrendas hasta el final de la Misa, excepto en los momentos que luego se enumeran. En cambio, estarán sentados durante las lecturas y el salmo responsorial que preceden al Evangelio; durante la homilía, y mientras se hace la preparación de los dones en el ofertorio; también, según la oportunidad, a lo largo del sagrado silencio que se observa después de la Comunión[2].
¿Se trata de una laguna normativa? Es evidente que no se la menciona. Ahora bien, en realidad, la Secuencia tiene un carácter meditativo, es una recreación de tipo dramático del misterio que se celebra, y como tal, debe cantarse u oírse sentados. En conclusión, si vamos al espíritu, las Secuencias deberían cantarse o escuchar su recitado de pie; si estamos a las normas actuales, habría que cantarlas u oírlas sentados, más por deducción que por claridad en la norma.



[1] OGMR 64
[2] OGMR 43.

18.12.14

SOBE EL USO EXTRALITÚRGICO DE LOS TEMPLOS

En el pasado mes de noviembre de 2014 han entrado en vigor unas normas emanadas de un Documento de los Obispos del Sur de España, aprobado en la CXXIX Asamblea Ordinaria celebrada en Córdoba los días 21 y 22 de octubre de 2104 por las cuales se regulan los USOS EXTRALITÚRGICOS DE LAS IGLESIAS DEDICADAS AL CULTO.
La publicación de dichas normas levantaron cierto revuelo en el ámbito de las hermandades y, por parte de los medios de comunicación se presentaron como si fueran una novedad con carácter restrictivo.
La realidad es que el documento no aporta casi nada nuevo a lo ya dispuesto en el CDC y otras instrucciones publicadas hace años, simplemente reúne y condensa diversas normas, válidas para las provincias eclesiásticas de Granada y Sevilla. Quiero decir que la mayoría de esas normas ya existían, pero dispersas, en directorios, convenios e instrucciones varias, que el propio documento cita.
Los obispos afirman que las iglesias no pueden ser consideradas como espacios disponibles para cualquier tipo de reuniones y actividades, no son salas multiusos, sino que están dedicadas sólo para las que salvaguarden el carácter sagrado de las mismas y respeten su naturaleza y finalidad. El criterio fundamental para discernir los usos de nuestras iglesias lo ofrece el canon 1210: “En un lugar sagrado sólo puede admitirse aquello que favorece el ejercicio y el fomento del culto, de la piedad y de la religión y se prohíbe lo que no esté en consonancia con la santidad del lugar. Sin embargo, el Ordinario puede permitir, en casos concretos, otros usos, siempre que no sean contrarios a la santidad del lugar”.
Ahora abordamos la problemática referida a las hermandades y cofradías solamente. Cuando el uso del templo sea extralitúrgico, el documento deja claras algunas normas, que son de sentido común y de respeto a las normas litúrgicas: llevar el Santísimo a la reserva o un lugar digno, si es que está en el presbiterio; procurar que las personas asistentes al acto se comporten con decoro; no usar el presbiterio ni el altar para usos no litúrgicos; no utilizar el ambón para dar avisos o hacer comentarios.
Se trata, en definitiva, de distinguir con claridad el espacio celebrativo litúrgico de otro tipo de actos.
En nuestras hermandades, las preguntas surgen enseguida. ¿Se puede pronunciar un pregón, presentar un cartel, pronunciar conferencias formativas, realizar juras de hermanos, conciertos de música clásica o sacra y similares en las capillas? Yo entiendo que sí, dado que son actos que favorecen la piedad y la religión. No pueden calificarse como actos académicos o culturales en general, sino como una prolongación de la acción educadora y formativa que ejerce la hermandad o cofradía. Un pregón no es más que una catequesis en un estilo literario concreto. Una charla formativa cumple uno de los fines de la hermandad, que es la formación cristiana de sus miembros y fomenta la religión. Se entiende que en las hermandades no se dan charlas sobre física cuántica ni sobre el problema que supuso la expulsión de los moriscos. Y así podríamos seguir. La competencia para autorizar un acto extralitúrgico en un templo corresponde al obispo diocesano.
La intención de la Iglesia no es prohibir ni restringir actos, sino más bien regularlos, a la vista de las normas ya existentes, dejando claro que los actos no litúrgicos en un templo dedicado al culto tendrán siempre un
carácter extraordinario.
Por lo tanto, para un pregón, si hay un salón adecuado, mejor; para una conferencia, igual y así con lo demás. Pero hay hermandades que solamente cuentan como espacio amplio para algunos actos con su capilla. ¿Qué hacer?
¿Hay que solicitar permiso con un mes de antelación, al menos, para cualquier acto extralitúrgico que una hermandad organice? Yo entiendo que, para aquellos actos que van implícitos en sus fines y figuran en sus Reglas, no. Y en esta categoría de actos entran, en mi criterio, los que tienen por objeto la formación cristiana de sus miembros ─tales como ciclos formativos y catequéticos, retiros, meditaciones, actos de exaltación mariana o cofrade, presentación y divulgación de las actividades de organismos diocesanos como los COF, Caritas y similares─ y los que tienen por objeto el fomento de la caridad fraterna ─recogida de alimentos, conciertos benéficos, cuestaciones─.
No obstante, y ante un cierto nivel de despiste generalizado, no estaría de más que desde la Vicaría episcopal o la Delegación diocesana de Hermandades y Cofradías se remitiese a las hermandades unas normas claras y concisas que dijesen con claridad:
·        Actos extralitúrgicos que pueden celebrarse sin autorización previa
·        Actos extralitúrgicos que pueden celebrarse, pero con autorización
·        Actos que, en ningún caso, deben celebrarse en los templos.
Se entiende que no se puede hacer una catálogo exhaustivo, pero si orientativo. De esta manera, se aclararían muchas dudas y malentendidos que, por un lado evitarían que el Registro de Entrada del arzobispado se colapse con papeles innecesarios solicitando autorizaciones y, por otra parte, devolvería la tranquilidad a las juntas de gobierno que, a veces, dudan si hacen o no lo correcto.
En el siguiente enlace se puede consultar la norma: http://www.odisur.es/diocesis/documentos-conjuntos/item/24660-usos-extralit%C3%BArgicos-de-las-iglesias-dedicadas-al-culto.html


30.11.14

CALENDARIO LITÚRGICO 2014-2015

Hoy, domingo 30 de noviembre de 2014, es el primer domingo de Adviento, dando pues comienzo un nuevo Año Litúrgico. Con la fijación cada año del primer domingo de Adviento y del domingo pascual se puede confeccionar el resto del calendario.
Cada año litúrgico comienza siempre en las vísperas del  domingo más próximo al 30 de noviembre, fiesta de San Andrés apóstol. Este año coincide que ese día cae en domingo, por lo que es el primer domingo de Adviento.
El domingo pascual, núcleo del año litúrgico, quedó fijado por el Concilio de Nicea reunido el año 325 que dispuso que la Pascua se celebrase el domingo posterior al primer plenilunio del equinoccio de primavera, o dicho de otra manera, el domingo que sigue a la primera luna llena que haya después del 22 de marzo. La  Pascua de Resurrección es, por lo tanto, fiesta variable y necesariamente deberá oscilar entre el 22 de marzo y el 25 de abril. Una vez fijado el domingo pascual de cada año se establecen los demás tiempos movibles y sus fiestas: el tiempo pascual (cincuenta días posteriores) con su remate en la solemnidad de Pentecostés y el tiempo cuaresmal (cuarenta y cuatro días atrás si contamos desde el Miércoles de Ceniza al Jueves Santo), además de las solemnidades dependientes del domingo pascual y de Pentecostés: Ascensión, Santísima Trinidad, Corpus Christi, Sagrado Corazón. 
Este año que comienza es Ciclo B, año impar.

En este nuevo año litúrgico, las festividades móviles quedan establecidas así:
I Domingo de Adviento: 30 de noviembre de 2014.
La Sagrada Familia: Domingo, 28  de diciembre de 2014. Fiesta.
Bautismo del Señor: Domingo, 11 de enero de 2015. Fiesta.
Miércoles de Ceniza: 18 de febrero de 2015. Comienza la Cuaresma.
Domingo de Ramos en la Pasión del Señor: 29 de marzo de 2015.
Domingo de Resurrección: 5 de abril de 2015. Comienza el Tiempo Pascual.
Ascensión del Señor: Domingo, 17 de mayo de 2015. Solemnidad.
Domingo de Pentecostés: 24 de mayo de 2015. Solemnidad. Termina el Tiempo Pascual.
Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote: Jueves 28 de mayo. Fiesta.
Santísima Trinidad: Domingo, 31 de mayo de 2015. Solemnidad
Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo: Domingo, 7 de junio de 2015. En Sevilla se mantiene la procesión y Liturgia el jueves anterior, 4 de junio. Solemnidad.
Sagrado Corazón de Jesús: Viernes, 12 de junio de 2015. Solemnidad
Jesucristo, Rey del Universo: 22 de noviembre de 2015. Solemnidad

Navidad (25 de diciembre), Epifanía del Señor (6 de enero), Transfiguración del Señor (6 de agosto) y Exaltación de la Santa Cruz (14 de septiembre) tienen fecha fija, al  igual que las solemnidades y fiestas de la Virgen María: Inmaculada Concepción (8 de diciembre), Natividad de María (8 de septiembre), Maternidad Divina (1 de enero) y Asunción a los Cielos (15 de agosto). También es fija la solemnidad litúrgica de la Anunciación del Señor (25 de marzo), como acontece con todo el Santoral o fiestas de los santos.
En el año 2015, el Tiempo Ordinario comprende 33 semanas, de las cuales las seis primeras se celebran antes de Cuaresma, comenzando el 12 de enero, lunes siguiente a la fiesta del Bautismo del Señor, hasta el 17 de febrero, día anterior al Miércoles de Ceniza. Comienza de nuevo el tiempo ordinario con la VIII semana, el día 25 de mayo, lunes después del domingo de Pentecostés, hasta el sábado 28 de noviembre, víspera del I Domingo de Adviento del nuevo Año Litúrgico. Se omite la VII semana del Tiempo Ordinario.

FIESTAS DE PRECEPTO EN ESPAÑA
- 1 enero: Santa María, Madre de Dios. Solemnidad
- 6 enero: Epifanía del Señor. Solemnidad
- 19 marzo: San José, esposo de la Virgen María. Solemnidad
- 25 julio: Santiago, apóstol. Solemnidad en España
- 15 agosto: La Asunción de la Virgen María. Solemnidad
- 1 noviembre: Todos los Santos. Solemnidad
- 8 diciembre: La Inmaculada Concepción de la Virgen María. Solemnidad
- 25 diciembre: La Natividad del Señor. Solemnidad

Cada diócesis debe añadir las fiestas que acuerde el obispo.
Recordamos que son días de abstinencia TODOS los viernes del año, no solo los de Cuaresma y ayuno y abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. La ley de la abstinencia obliga a todos los mayores de 14 años en adelante y la del ayuno a los mayores de edad hasta los 59 años (CDC cánones 1251 y siguientes).

LIBROS QUE SE UTILIZAN DURANTE ESTE AÑO
Liturgia de las Horas
Volumen I, II, III y IV y Diurnal
Misa
Misal Romano.
Leccionario II: ciclo B (domingos).
Leccionario VII: Ferias de Tiempos de Adviento, Navidad, Cuaresma y Pascua.
Leccionario IV: Ferias del Tiempo Ordinario.
Leccionario V: Santoral.
Leccionario VI, cuando se precise (misas votivas y por diversas necesidades)
Leccionario VIII: Rituales.
Leccionario IX: Misas con niños.
Oración de los fieles
Libro de la Sede



6.10.14

LAS FERIAS PRIVILEGIADAS


En un artículo anterior, explicando cómo se cuenta el tiempo en la Liturgia, decíamos que los días que no son domingos de cualquier tiempo se llaman ferias. Como norma, las ferias ceden su celebración a todas las solemnidades y fiestas, combinándose con las memorias.
Pero dentro de los días feriales hay una jerarquía, en la cual el Miércoles de Ceniza y las ferias de Semana Santa –de lunes a jueves hasta el comienzo del Triduo Pascual– tienen preferencia sobre cualquier otra celebración.
En Adviento, las ferias de la última semana, desde el 17 hasta el 24 de diciembre, tienen preferencia sobre las memorias obligatorias y se las llama “ferias privilegiadas”. Estas ferias tienen la finalidad de prepararnos más intensa y directamente a la Navidad. La Liturgia de estos días, en sus textos, nos va disponiendo para acoger al Hijo de Dios hecho hombre.
Dentro de la Liturgia de las Horas, las Vísperas de estas ferias tienen una especial importancia, merced a las antífonas mayores, llamadas también de la «O», que junto al Magníficat de cada día pasan revista a los diversos títulos de Cristo, referentes a su naturaleza divina y humana o a su misión salvífica, y que terminan todas instándole a que venga a poner remedio a nuestra indigencia.
En estas "ferias privilegiadas", que constituyen como una "Semana Santa de Navidad" meditamos sobre la Expectación de la primera Venida del Señor (Encarnación y Navidad).
Durante esa semana, última del Adviento, así como en la de la infraoctava de Navidad y en las ferias de Cuaresma, sólo se puede hacer conmemoración de los santos. Esto quiere decir que en la Misa sólo se puede tomar la oración colecta del Santo, omitiendo la del día, puesto que ya no se permite pronunciar más de una colecta. El resto de las oraciones serán las del día propio que figura en el Misal. Todo esto vale sólo para las memorias del Calendario General.
Así pues, el 17 de diciembre comienza una semana peculiar con las ferias privilegiadas de Adviento. En la Liturgia, llegado ese día, se abandona la 3ª semana de Adviento y se sigue el formulario asignado al día del mes con el cual coincida esa feria, formularios que están en el Misal (págs. 150-157). Dicho más fácilmente, las ferias privilegiadas de Adviento tienen misa propia para cada día. Uno de los días de esa semana será domingo: entonces se sigue la misa del domingo 4º de Adviento. También son ferias privilegiadas todas las de Cuaresma y las ferias de la octava de Navidad, que tienen su propio formulario, al igual que todas las del tiempo de Navidad.  
Los ocho primeros días del tiempo pascual constituyen la octava de Pascua, y se celebran como solemnidades del Señor.
Resumiendo:
·         a) El Miércoles de Ceniza y los días de la Semana Santa a partir del Lunes Santo hasta el Jueves Santo, inclusive, tienen preferencia sobre cualquier otra celebración.
·         b) Las ferias del Adviento, del 17 al 24 de diciembre, inclusive, y todas las ferias de Cuaresma tienen preferencia sobre cualquier memoria obligatoria. Las memorias obligatorias que coinciden con las ferias de Cuaresma, pueden celebrarse solamente como memoria facultativa
·         c) Las demás ferias ceden el lugar a todas las solemnidades y fiestas y se combinan con las memorias.


20.9.14

EL TIEMPO EN LA LITURGIA

Vamos en este artículo a abordar el tema de cómo se cuenta el tiempo en la Liturgia, que tiene sus peculiaridades.
Lógicamente, aparte de los diferentes tiempos del año litúrgico, que no son objeto de este artículo, el ritmo fundamental en la Liturgia lo marca la semana, con el domingo como fiesta primordial de precepto[1], día que es el fundamento y el núcleo de todo el año litúrgico. Este día de pascua semanal, en el que la Iglesia hace memoria de la Resurrección del Señor, solamente cede su celebración a las solemnidades y a las fiestas del Señor, excepto en los domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua, domingos que tienen precedencia sobre todas las fiestas y solemnidades, que de coincidir deben ser trasladadas al lunes posterior, tal como dicta el Calendario Litúrgico Pastoral, que publica la Conferencia Episcopal Española[2] . Un domingo anual es el ápice del año litúrgico: el domingo de resurrección.
El día litúrgico comienza a medianoche y se extiende hasta la medianoche siguiente. Pero la celebración del domingo y las solemnidades comienza ya en la tarde del día precedente. El concepto de tarde no queda claro y a veces origina dudas. En sentido astronómico estricto, la tarde comienza a las 12h, aunque a veces tendemos a considerar que la tarde comienza tras la hora del almuerzo. Estos detalles tienen su importancia. Por ejemplo, piénsese en el cumplimiento dominical cuando se asiste a misa el sábado, o las prohibiciones de celebrar determinadas misas rituales, votivas o de difuntos en algunos domingos de los tiempos llamados “fuertes”.
Los días que no son domingos de cualquier tiempo se llaman ferias. Dentro de la jerarquía ferial el Miércoles de Ceniza y las ferias de Semana Santa –de lunes a jueves– tienen preferencia sobre cualquier otra celebración y las ferias de Adviento, desde el 17 hasta el 24 de diciembre, tienen preferencia sobre las memorias obligatorias.
Las ferias restantes ceden su celebración a todas las solemnidades y fiestas, combinándose con las memorias. Según la costumbre latina, el lunes recibe el nombre de feria segunda ─feria primera no existe─ y así sucesivamente hasta la feria sexta –viernes–. El sábado tiene su nombre propio heredado de los judíos –Sabbat–, que significa descanso. Recuérdese el nombre tan clásico y venerable de feria V in Coena Domini para referirse al  Jueves Santo y el de feria VI in Passione Domini al Viernes Santo.
Feria, en este sentido de día feriado, sería sinónimo de laboral, día de trabajo, contrapuesto a festivo, aunque el término feria en el campo civil lo asociamos, impropiamente,  a fiesta.
El domingo, litúrgicamente hablando, es el primer día de la semana, no cuando termina, como en la vida civil, que la semana va de lunes a domingo. Por lo tanto, en los misales, leccionarios y demás libros litúrgicos, los días de la semana hacen referencia y pertenecen al domingo precedente. Así, por ejemplo, la semana XXIV del Tiempo Ordinario comienza el domingo XXIV del Tiempo Ordinario y el día siguiente será el lunes de la XXIV semana, o el miércoles de la primera semana de Adviento, referida al domingo precedente y así sucesivamente. Estos son detalles a tener en cuenta para, por ejemplo, buscar la misa o las lecturas del día correspondiente
En el Misal, durante el Tiempo Ordinario, sólo hay un formulario para cada domingo. En cambio, en los tiempos de Adviento, Navidad, Cuaresma y Pascua cada día tiene su propia misa, incluyendo las ferias.
Continuaremos este artículo con otro complementario, en el que hablaremos de las llamadas “ferias privilegiadas”.





[1] CDC 1246
[2] Aunque el NUALC dispone que sean anticipadas al sábado anterior.

30.6.14

LA EUCOLOGÍA


La eucología ─del griego euché =oración, y lógos =discurso) es la ciencia que estudia las oraciones y las leyes que rigen su formulación. También se entiende por eucología como el conjunto de oraciones contenidas en un formulario litúrgico, en un libro o, en general, al conjunto de oraciones que a lo largo de los siglos hemos recibido, el llamado depósito eucológico. Un porcentaje altísimo de las oraciones proviene de los llamados sacramentarios, libros litúrgicos que contiene las oraciones de la misa y para la celebración de los sacramentos. Se conocen fundamentalmente tres: el Veronense o Leoniano, Gelasiano y Gregoriano.
La eucología tiene un origen diverso, sus textos son creación de la Iglesia, adaptados a su tiempo. Al igual que los textos litúrgicos, las oraciones se pueden clasificar en dos grandes grupos: textos que la iglesia toma directamente de la biblia o de fórmulas que ella crea expresamente para el culto. La eucología subraya, acentúa el significado de los textos bíblicos.
La eucología se suele dividir en menor y mayor. Dentro de la celebración eucarística, a la eucología menor pertenece el conjunto de las  oraciones más breves: la colecta, la oración sobre las ofrendas, la conclusión de la Oración de los Fieles, la oración después de la comunión, la oración de bendición sobre el pueblo, y las colectas de salmos de la Liturgia de las Horas. A la eucología mayor pertenecen oraciones más complejas como los prefacios, las plegarias eucarísticas y  las bendiciones solemnes, así como las oraciones consecratorias de los sacramentos.
En cuanto a su estructura, en las oraciones hay que distinguir el contenido ─la Iglesia es la que reza, que se dirige a Dios─ y la forma.
En lo referente al contenido, toda oración siempre tiene una parte de anamnesis ─memoria explícita de la obra divina─. La anamnesis, término que también se emplea en otras ciencias como la Medicina, es la acción memorial o de recordación sin la cual la oración no sería cristiana. La anamnesis no sólo es un recuerdo subjetivo, sino que actualiza el hecho que se recuerda, como sucede en la Plegaria Eucarística de la misa.
Los elementos estructurales de la oración son la forma compositiva, para darle mayor fuerza expresiva. La doxología ─alabanza─, la epíclesis ─invocación que se hace a Dios para que envíe su Espíritu y transforme las cosas o las personas─ y la suplica, junto a la invocación y petición son los elementos usuales de las oraciones. La epíclesis no sólo forma parte de la Plegaria Eucarística, sino de todas las oraciones consecratorias de los distintos sacramentos.
La postura más clásica del orante es en pie (por eso en todas las oraciones de la misa se permanece en pie, salvo en la consagración), con los brazos abiertos, las palmas hacia arriba y mirada al cielo.
Acabar diciendo que nos hemos referido, en estas generalidades, a la oración litúrgica, o sea, a la oración oficial que la Iglesia dirige a Dios, en cualquiera de sus tres personas, y también hay oraciones a la Virgen y a los santos. Lo anterior no excluye la oración personal, íntima, de hablar con Dios cada persona en su privacidad, bien con oraciones ya compuestas o con espontaneidad.

28.5.14

NOTAS SOBRE EL CULTO A LA VIRGEN

En este mes de mayo, mes que la devoción popular dedica a la Virgen María, vamos a dar unas pinceladas sobre el sentido y el origen del culto a la Virgen.
En primer lugar habría que decir que el culto a la Virgen es específico de nuestra fe católica, de las Iglesias orientales y de la Iglesia Ortodoxa, ya que otros hermanos cristianos no le rinden culto, aunque sí respetan su figura. Los católicos le tributamos culto, llamado de hiperdulía, y la veneramos, dándole gran importancia.
La Virgen no es persona divina, sino humana, por lo cual se la venera en sumo grado, pero no se la adora. No es Ella quien redime, pero sí que es la intercesora más eficaz entre el hombre y Dios.
En los últimos tiempos la iglesia anglicana ha tenido un acercamiento a la figura de María y en un documento conjunto firmado por la ARCIC ─Comisión internacional anglicana-católica─ titulado María: gracia y esperanza en Cristo se aprecia un acercamiento significativo de los anglicanos a las posturas católicas sobre el papel de la Virgen María, a la cual consideran como el ejemplo humano más completo de la vida de gracia, así como reconocen que la práctica de pedir a María y a los santos que rueguen por nosotros no debe ser objeto de división de la comunión
Se puede afirmar que es a raíz de la proclamación del dogma de la maternidad divina de María, en el Concilio de Éfeso del año 431, cuando el culto a la Virgen se desarrolla de manera clara, aunque hay autores que remontan el culto mariano al siglo I, culto que, en cualquier caso ya se manifiesta en Roma en el siglo II.
El Concilio de Éfeso proclamó a María no solo como Madre de Cristo sino como Madre de Dios, gracias entre otros a san Cirilo que defendió el dogma en contra de la opinión de Nestorio.  Así, María no es solo Madre de Jesús sino Theotokos, en latín Dei Genitrix, o sea, Madre de Dios. Este título de la Virgen como Madre de Dios fue el primero que la Iglesia reconoció y del cual deriva su culto.         
Hoy, la Iglesia lo celebra como solemnidad el uno de enero de cada año.
Pero el culto a la Virgen es anterior a ese Concilio, como lo demuestra la antífona mariana  Sub tuum praesídium ­–Bajo tu amparo­−, fechada sobre el año 250. Es una prueba definitiva que evidencia que el pueblo y la liturgia ya le daba el título de Madre de Dios –Theotokos– al Concilio de Éfeso de 431. Evidentemente, este descubrimiento descolocó sobremanera a los teólogos protestantes, que consideraban el culto a María como una invención tardía de la Iglesia Católica. Esta oración, la más antigua de las oraciones marianas conocidas, dice así:
Bajo tu amparo nos acogemos, Santa Madre de Dios; no deseches las súplicas que te dirigimos en nuestras necesidades, antes bien, líbranos de todo peligro, ¡oh Virgen Gloriosa y Bendita
La presencia actual de María en la Liturgia católica ha quedado claramente definida fundamentalmente por dos documentos: por un lado por la Constitución promulgada por el Vaticano II sobre la Iglesia denominada Lumen Gentium, de 21 de noviembre de 1964, que dedica su capítulo VIII a la Santísima Virgen María, Madre de Dios, en el Misterio de Cristo y de la Iglesia y por otro lado la Exhortación Apostólica Marialis Cultus para la recta ordenación y desarrollo del culto a la Santísima Virgen, dada por el papa Pablo VI en Roma, el 2 de febrero de 1974. Juan Pablo II también ha contribuido a enriquecer el culto mariano con su Encíclica Redemptoris Mater de 25 de marzo de 1987, y con las Misas de la Virgen María, que han completado esta presencia de María en la Liturgia católica, dejando el culto a la Virgen claramente establecido y en su justo lugar. Estas misas están especialmente dirigidas para la memoria sabatina y para los santuarios marianos de la Cristiandad.
Terminamos con una cita de la Encíclica Redemptoris Mater, de 25 de marzo de 1987, sobre el papel de la Virgen María en la vida de la Iglesia:

Las imágenes de la Virgen tienen un lugar de honor en las iglesias y en las casas. María está representada o como trono de Dios, que lleva al Señor y lo entrega a los hombres ─Theotókos─, o como camino que lleva a Cristo y lo muestra ─Odigitria─, o bien como orante en actitud de intercesión y signo de la presencia divina en el camino de los fieles hasta el día del Señor ─Deisis─, o como protectora que extiende su manto sobre los pueblos ─Pokrov─, o como misericordiosa Virgen de la ternura ─Eleousa─. La Virgen es representada habitualmente con su Hijo, el niño Jesús, que lleva en brazos: es la relación con el Hijo la que glorifica a la Madre. A veces lo abraza con ternura ─Glykofilousa─); otras veces, hierática, parece absorta en la contemplación de aquel que es Señor de la historia (RS nº 33).

15.5.14

SOBRE LAS ADVOCACIONES MARIANAS

Ahora que estamos en el mes de mayo, mes que la devoción popular adjudica a la Virgen María, vamos a analizar en este artículo el sentido y origen de las innumerables advocaciones, algunas muy pintorescas, que recibe la Madre de Dios.
En primer lugar, comenzaremos diciendo que advocación significa forma de nombrar a una imagen, para diferenciarla de otras y para individualizarla con un atributo. Lógicamente, la Virgen María es solo una, siempre la misma, se la venere con la advocación que sea. No está de más recalcarlo, porque se lee a veces que en tal o cual acto participarán ocho vírgenes y cosas por el estilo. Lo correcto es hablar de ocho imágenes de la Virgen, al igual que se escribe que en tal Vía Crucis participarán doce Cristos, en vez de decir doce imágenes de Cristo.
También hemos de distinguir entre dogmas marianos, títulos y advocaciones.
Como dogmas marianos la Iglesia ha proclamado que María siempre se mantuvo Virgen, antes, durante y después del parto, que María es la Madre de Dios, que fue concebida sin pecado original y que ascendió a los cielos en cuerpo y alma. Litúrgicamente se celebran como solemnidades.
También es preciso saber que las leyendas y tradiciones sobre el origen de las distintas advocaciones no son dogma de fe, por lo cual se pueden creer o no.
Los títulos más frecuentemente usados por las hermandades son los de María Santísima o Nuestra Señora. Otros títulos menos frecuentes son: Nuestra Madre y Señora, Inmaculada o Purísima Concepción, Pura y Limpia, Santa María, Maravillas, Inmaculado Corazón, Santísima Virgen, Dulce Nombre, Divina Gracia y Madre de Dios, Inmaculada Milagrosa, Divina Enfermera y Madre de la Iglesia. 
En lo referente al origen de las mismas, la mayoría de las advocaciones las podemos clasificar en cinco apartados, a saber:
-         advocaciones que hacen referencia a un hecho curioso o milagroso: Virgen del Subterráneo, Virgen de la Luz, Hiniesta, Rocío, Montserrat, Nieves, Loreto, Aguas, etc. Son las más numerosas.
-         otras responden a las jaculatorias de las letanías, como los casos de Estrella, Auxiliadora, Salud, Refugio, Ángeles (reina de),  Consolación y Paz.
-         Otras advocaciones hacen referencia a su forma iconográfica o a algún detalle en representarlas: Virgen del Pajarito, Virgen de la Servilleta, Virgen del Coral, Virgen de las Rocas, Virgen de la Cinta, Virgen de las Lágrimas, etc.
-         Otras se refieren a apariciones marianas: Lourdes, Fátima, Guadalupe.
-         Finalmente, otras tiene un sentido más teológico o hacen referencia a aspectos de su vida terrenal: Dolores, Amargura, Rosario, Carmen, Merced, Angustia, Remedios, Presentación, Anunciación, Asunción, Socorro, Soledad, Candelaria, etc. Las imágenes que han sido coronadas canónicamente añaden a la advocación la palabra Coronada
También hemos de decir que las advocaciones se pueden clasificar en pasionales o letíficas, dicho más claramente, en advocaciones dolorosas relacionados con la Pasión de Jesús o de gloria.
Finalizamos con un bello canto, dedicado a María, hoy poco interpretado pero que la generación de los más veteranos la recordarán.

FLORES A MARIA 

Venid y vamos todos con flores a porfía, 
con flores a María, que Madre nuestra es 

De nuevo aquí nos tienes, purísima doncella, 
más que la luna, bella, postrados a tus pies. 

Venimos a ofrecerte las flores de este suelo, 
con cuánto amor y anhelo, Señora, tú lo ves. 


Por ellas te rogamos, si cándidas te placen, 
las que en la gloria nacen, en cambio, tú nos des.

31.3.14

En este artículo, siguiendo con la serie dedicada al culto, como fin primordial de la hermandad, vamos a distinguir entre lo que son actos liturgicos y los que pertenecen al ámbito de la religiosidad o piedad popular.
Así pues, no todos los actos de culto son actos litúrgicos y es conveniente aclarar qué son y qué no son actos litúrgicos. 
Se llaman litúrgicas aquellas celebraciones que la Iglesia considera como suyas y están contenidas en sus libros oficiales (Misal, Leccionario, Rituales, Liturgia de las Horas, etc) realizándose por la comunidad y los ministros ordenados y señalados para cada caso. Pertenecen al ámbito de la Liturgia los Sacramentos en general, la Liturgia de las Horas y los sacramentales.
Si los sacramentos han sido instituidos por Cristo, los sacramentales han sido instituidos por la Iglesia, para reforzar, en cierto modo, la acción de los sacramentos. A modo de ejemplos podemos citar como sacramentales la dedicación de iglesias, las exequias, las coronaciones canónicas, la exposición y bendición con el Santísimo, la profesión religiosa, el rito de institución de lectores y acólitos, los exorcismos, las bendiciones varias, la adoración de la Cruz y algunos más.
Todos los libros litúrgicos se publican por la Santa Sede en latín, concretamente por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en una edición que se llama típica y, posteriormente, se traducen a las lenguas vernáculas. El proceso es muy lento y minucioso, para evitar errores de difícil corrección (como ha sucedido con la cuestión del pro multis, por ejemplo). 

Todo lo demás son actos de devoción: rezo del rosario, letanías, triduos, novenas, quinarios, setenarios, procesiones, Vía Crucis y Vía Lucis, letanías, besamanos y besapiés, y demás actos de piedad, tan queridos por la religiosidad popular.


En un próximo artículo analizáremos algunos de los actos de piedad popular, tales como los quinarios, triduos o novenas, tan queridos por nuestras hermandades y que forman parte del acervo de la religiosidad popular.

22.3.14

EL CULTO, FIN PRIMORDIAL DE LA HERMANDAD II

Terminábamos el artículo anterior con una serie de preguntas, tales como qué es el culto y, también, si Dios necesita que le demos culto. Ahora las contestamos.
El culto se puede definir como el homenaje reverente que las personas ofrecen a Dios, al Ser al que consideran su creador. También se puede hablar del culto como el conjunto de ritos y ceremonias con que se tributa ese homenaje. Los actos de culto no son exclusivos de la fe católica ni de los cristianos: prácticamente todas las religiones ofrecen actos de culto de una u otra manera.
Dios, evidentemente, no necesita nada de nosotros: es omnipotente y todopoderoso. Somos nosotros los que necesitamos orar,  adorar, suplicar, dar gracias, impetrar, alabar. Es una necesidad humana la que nos lleva a rendir culto.
La Iglesia Católica distingue tres tipos o categorías de culto: el de LATRÍA o de adoración, el de HIPERDULÍA o de máxima veneración, y el de DULÍA, de simple veneración.
El culto de Latría –adoración– es exclusivo de Dios. Solo Dios puede ser adorado y solo Cristo, Dios hecho hombre, es el Salvador.  El mismo Cristo nos lo dijo: Adorarás al Señor tu Dios y solo a Él darás culto. El signo litúrgico para la adoración es la genuflexión, llevando la rodilla derecha al suelo. Sólo ante el Santísimo Sacramento y ante la Cruz, adorada en los Oficios del Viernes Santo, debe el católico realizar ese signo de adoración. Nunca se debe hacer genuflexión a una imagen ni a ninguna reliquia o similar. 
El culto de Hiperdulía –la Dulía llevada al máximo extremo– es exclusivo de la Virgen María y nace como una necesidad de poner el culto a la Santísima Virgen en un lugar privilegiado, por encima del debido a los santos y al límite de la adoración, pero sin llegar a la latría. El Concilio de Éfeso marcó una línea clave en el antes y el después en el desarrollo del culto mariano, al declararla como Madre de Dios, no solo Madre de Cristo, tal como defendía Nestorio.
El culto de Dulía  –veneración– es el propio de los santos, personas que por su probada heroicidad en el ejercicio de las virtudes cristianas la Iglesia nos los pone como ejemplo a seguir, subiéndolos a los altares. Al patriarca bendito San José se le considera el primero de los santos, dedicándosele un culto de protodulía. Sin  duda que, en los orígenes del culto a los santos, está la influencia profunda y ejemplar de los mártires. De ellos celebramos su dies natalis, o sea, el día en que nacen para la eternidad, día de su martirio. 
Los teólogos distinguen también claramente entre los conceptos de culto absoluto, referido a la veneración de personas y el culto relativo, dirigido a objetos, tales como reliquias, imágenes, santuarios o lugares concretos en relación siempre, claro está, con las personas o seres a los que representan.
Pero, ¿como se concreta, se materializa el culto?
Los actos de culto, en nuestra Iglesia Católica, se materializan, fundamentalmente, en dos tipos de acciones: culto litúrgico por un lado, siempre en primer lugar en cuanto a su importancia y, por otra parte,  actos de piedad y devoción popular.
Para la Iglesia, la liturgia es el culto oficial y público que se tributa a Dios, según definió Pío XII. La renovación litúrgica producida en los últimos años culminó en el Vaticano II, con la Constitución sobre la Sagrada Liturgia "Sacrosantum  Concilium" (SC) promulgada por Pablo VI justo cuatrocientos años después de la clausura del Concilio de Trento (4 de diciembre de 1963) devolviéndose a la liturgia su sentido de celebración del misterio pascual.  Para la Iglesia posterior al Vaticano II la liturgia es el ejercicio del sacerdocio de Cristo[1].
En una próxima entrega distinguiremos entre Liturgia y prácticas de piedad popular.





[1] S.C. 7

17.3.14

EL CULTO, FIN PRIMORDIAL DE LA HERMANDAD I

Vamos, en una serie de artículos, a analizar el tema del culto, como fin primordial de una hermandad, ya sea penitencial (cofradía), ya sea sacramental o ya sea de gloria o letífica, con especial atención a las cofradías.
El fin primordial de una hermandad y cofradía es el culto público. Precisamente, por el hecho de ser asociaciones que se dedican a promover el culto público, las hermandades y cofradías son consideradas en el Código de Derecho Canónico como asociaciones públicas de fieles[1].
Las Normas Diocesanas de la archidiócesis de Sevilla, actualmente vigentes, publicadas en diciembre de 1997, nos dicen, en su artículo 6: Es fin principal y específico de la Hermandad y Cofradía la promoción del culto público, que es el que se tributa cuando se ofrece en nombre de la Iglesia por las personas legítimamente designadas y mediante actos aprobados por la autoridad de la Iglesia. Las tomo como ejemplo que puede servir para Normas de otras diócesis, que difieren muy poco y coinciden en lo esencial.
Así pues, queda claro que el culto es lo principal y específico de la hermandad. Ahora bien, la Iglesia también pide a las hermandades y cofradías que tengan, necesariamente, como fines propios, la evangelización de sus miembros y el ejercicio de la caridad[2]. Podemos afirmar que las tres  columnas sobre las que se sostiene una hermandad son el culto, la formación y la caridad. No se excluyen otras actividades de tipo recreativo, lúdico o de otra índole.
Sentado, pues, el principio de que el culto es el fin primordial, que toda hermandad recoge entre sus fines fundacionales, los cofrades podemos tener argumentos más que sobrados para rebatir cualquier comentario u opinión en las que a las hermandades se las tache de dedicarse excesivamente al culto. Es que no puede ser de otra manera: si una hermandad deja de rendir culto público a Dios, la Virgen o los Santos de su devoción, plasmados en sus Sagrados Titulares, dejaría de ser hermandad para convertirse en otro tipo de asociación. Una hermandad puede dejar de organizar certámenes de bandas, jornadas de convivencia, actos culturales, exposiciones, conferencias,  y sigue siendo una hermandad. Pero si deja de rendir culto público deja de ser una hermandad.
Llegados a este punto sería el momento de preguntarnos qué es el culto y, también, si Dios necesita que le demos culto. Lo dejamos para la próxima entrega.




[1] CDC canon 298 y siguientes.
[2] Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías, artículo 7. 

12.2.14

LA PRESENCIA REAL DE CRISTO EN LA LITURGIA

Jesucristo está siempre presente en su Iglesia, pero principalmente en los actos litúrgicos. La presencia de Cristo en las diversas acciones litúrgicas es una presencia real, en el sentido propio y verdadero del término, y es fundamentalmente única, aunque se realiza de muchos y diversos modos.
La Constitución sobre la Sagrada Liturgia, la SACROSANCTUM CONCILIUM, en el número 7, nos señala las presencias de Cristo en la Liturgia.
Así, dice que está presente en el sacrificio de la Misa, sea en la persona del ministro, "ofreciéndose ahora por ministerio de los sacerdotes el mismo que entonces se ofreció en la cruz", sea sobre todo bajo las especies eucarísticas. También está presente con su fuerza en los  Sacramentos, de modo que, cuando alguien bautiza, es Cristo quien bautiza. Está también presente en su Palabra, pues cuando se lee en la Iglesia la Sagrada Escritura, es El quien habla. Por último, está presente cuando la Iglesia ─pueblo─  suplica y canta salmos, el mismo que prometió: "Donde están dos o tres congregados en mi nombre, allí estoy Yo en medio de ellos" (Mt., 18,20).
Así pues, son diversos los signos litúrgicos que aparecen en las acciones litúrgicas: la asamblea, el ministro, la proclamación de la Palabra, la oración, los elementos que constituyen los sacramentos y los sacramentales.
El signo fundamental de base es la asamblea litúrgica: se trata de una comunidad de fieles, constituida jerárquicamente, que se reúne legítimamente en un lugar determinado para una acción litúrgica y en la cual se realiza una presencia salvífica particular de Cristo.
Cristo está  presente en los fieles que vienen a la asamblea litúrgica, pero su reunión conjunta en el nombre de Jesús produce, en virtud de la fe y de la caridad común, una intensificación de la presencia de Cristo en ellos. Cada uno de los cristianos es ya templo de Dios. La asamblea que los reúne es de manera particular el templo de Dios, el templo del nuevo culto.
Cristo, ministro principal e invisible de los sacramentos, está presente además en la persona del ministro, su signo, instrumento y vicario. Más aún,  es precisamente la presencia de los ministros jerárquicos la que da su rostro verdadero y completo a la asamblea litúrgica, ya que éstos no hacen más que realizar litúrgicamente la presencia de Cristo como Cabeza de la Iglesia.
Cristo está igualmente presente en la Palabra que se proclama, "ya que es él el que habla cuando se lee en la Iglesia la sagrada Escritura» (SC 7). La proclamación de la Palabra del Señor es un memorial, un anuncio eficaz, en el que se hace presente la realidad anunciada: la palabra es signo eficaz de la presencia operativa de Cristo.
Cristo está presente con su virtud en  los sacramentos. Los sacramentos  deben considerarse una  como actualización del misterio pascual de Cristo. Pero en el sacramento eucarístico la presencia operativa de Cristo está directamente ligada a su presencia substancial bajo las especies de pan y vino.
Se trata de una presencia especialísima, real y substancial, ya que en ella "se hace presente todo entero Cristo, Hombre-Dios» (Pablo VI, Mysterium fidei 20). Sólo en el sacramento eucarístico el signo sacramental está sujeto a aquella transformación particular que el Magisterio de la Iglesia y la teología llaman "transubstanciación”.
Ahora puede entenderse mejor por qué, en la misa, se inciensa al Evangelio, al sacerdote, que actúa in persona Christi, al pueblo de Dios reunido en su nombre y al Pan y al Vino consagrados. Se inciensa para poner en evidencia la real presencia de Cristo en la Palabra, en la Asamblea, en el sacerdote y en las especies eucarísticas.