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6.10.14

LAS FERIAS PRIVILEGIADAS


En un artículo anterior, explicando cómo se cuenta el tiempo en la Liturgia, decíamos que los días que no son domingos de cualquier tiempo se llaman ferias. Como norma, las ferias ceden su celebración a todas las solemnidades y fiestas, combinándose con las memorias.
Pero dentro de los días feriales hay una jerarquía, en la cual el Miércoles de Ceniza y las ferias de Semana Santa –de lunes a jueves hasta el comienzo del Triduo Pascual– tienen preferencia sobre cualquier otra celebración.
En Adviento, las ferias de la última semana, desde el 17 hasta el 24 de diciembre, tienen preferencia sobre las memorias obligatorias y se las llama “ferias privilegiadas”. Estas ferias tienen la finalidad de prepararnos más intensa y directamente a la Navidad. La Liturgia de estos días, en sus textos, nos va disponiendo para acoger al Hijo de Dios hecho hombre.
Dentro de la Liturgia de las Horas, las Vísperas de estas ferias tienen una especial importancia, merced a las antífonas mayores, llamadas también de la «O», que junto al Magníficat de cada día pasan revista a los diversos títulos de Cristo, referentes a su naturaleza divina y humana o a su misión salvífica, y que terminan todas instándole a que venga a poner remedio a nuestra indigencia.
En estas "ferias privilegiadas", que constituyen como una "Semana Santa de Navidad" meditamos sobre la Expectación de la primera Venida del Señor (Encarnación y Navidad).
Durante esa semana, última del Adviento, así como en la de la infraoctava de Navidad y en las ferias de Cuaresma, sólo se puede hacer conmemoración de los santos. Esto quiere decir que en la Misa sólo se puede tomar la oración colecta del Santo, omitiendo la del día, puesto que ya no se permite pronunciar más de una colecta. El resto de las oraciones serán las del día propio que figura en el Misal. Todo esto vale sólo para las memorias del Calendario General.
Así pues, el 17 de diciembre comienza una semana peculiar con las ferias privilegiadas de Adviento. En la Liturgia, llegado ese día, se abandona la 3ª semana de Adviento y se sigue el formulario asignado al día del mes con el cual coincida esa feria, formularios que están en el Misal (págs. 150-157). Dicho más fácilmente, las ferias privilegiadas de Adviento tienen misa propia para cada día. Uno de los días de esa semana será domingo: entonces se sigue la misa del domingo 4º de Adviento. También son ferias privilegiadas todas las de Cuaresma y las ferias de la octava de Navidad, que tienen su propio formulario, al igual que todas las del tiempo de Navidad.  
Los ocho primeros días del tiempo pascual constituyen la octava de Pascua, y se celebran como solemnidades del Señor.
Resumiendo:
·         a) El Miércoles de Ceniza y los días de la Semana Santa a partir del Lunes Santo hasta el Jueves Santo, inclusive, tienen preferencia sobre cualquier otra celebración.
·         b) Las ferias del Adviento, del 17 al 24 de diciembre, inclusive, y todas las ferias de Cuaresma tienen preferencia sobre cualquier memoria obligatoria. Las memorias obligatorias que coinciden con las ferias de Cuaresma, pueden celebrarse solamente como memoria facultativa
·         c) Las demás ferias ceden el lugar a todas las solemnidades y fiestas y se combinan con las memorias.


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