Aunque ya nos
hemos alejado algo de la pasada Semana Santa y del Triduo Pascual, vamos a
relatar la normativa que el Misal dispone sobre la celebración de la Eucaristía
el Jueves Santo.
El Misal dice
que Según una antiquísima tradición de la
Iglesia, en este día se prohíben todas las misas sin asistencia del
pueblo.
Por
la tarde, en la hora más oportuna, se celebra la misa de la Cena del
Señor, en la que participa plenamente toda la comunidad local y en la que todos
los sacerdotes y ministros ejercen su propio oficio.
Los
sacerdotes que ya han celebrado en la misa crismal[1]
para el bien de los fieles pueden concelebrar de nuevo la misa vespertina. Los
fieles que han comulgado en la misa crismal pueden también comulgar de nuevo en
esta misa.
Donde
lo exija el bien pastoral, el Ordinario
del lugar puede permitir la celebración de otra misa, por la tarde, en las iglesias u oratorios
públicos o semipúblicos; y en caso de verdadera
necesidad, incluso por la mañana, pero solamente para los fieles que de ningún modo puedan participar en la
misa vespertina. Cuídese que estas misas no se celebren solamente para
bien de unos pocos y no perjudiquen en nada la misa vespertina, que es la
principal.
La
sagrada comunión solamente se puede distribuir a los fieles dentro de la misa;
a los enfermos se les puede llevar a cualquier hora del día[2].
De lo anterior
se deducen varias cosas:
1.
Que siempre
se precisa permiso del obispo ordinario para celebrar misas en ese día (se
entiende misas que no sean la de la Cena del Señor –Coena in Domini–).
2.
Que solamente se concederá dispensa para
celebrar misa por la tarde si lo exige el bien pastoral.
3.
Que, para celebrar misa por la mañana, sólo se dará dispensa en caso de verdadera
necesidad y únicamente para los fieles que, de ninguna manera, puedan asistir a
la misa vespertina de la cena del Señor.
4.
La Eucaristía que se celebre no debe ser
para bien de unos pocos (comunidad, grupo, hermandad, etc) y, además, que no ocasione perjuicio a la misa
de la Cena del Señor (misma hora o situaciones similares similares).
Visto lo
anterior, la pregunta es la siguiente ¿Puede una hermandad del Jueves Santo
celebrar una misa matutina, como preparación de su estación de penitencia?
En principio, y siempre con permiso del obispo, sí,
pero solo sería para los que de ninguna manera puedan asistir a la misa de la
tarde. En este grupo, entiendo que entrarían exclusivamente los componentes de
la cofradía (nazarenos, músicos, costaleros, ayudantes) que, por razón de su
horario de procesión, no podrían de ninguna manera acudir a la misa vespertina.
Añadir solamente
que la rúbrica empleada para componer el artículo es la traducción española de
la 2ª Edición típica del Misal y que la 3ª Edición típica del Misal, del año
2002, aún no se ha publicado en español, al igual que los nuevos Leccionarios.
2 comentarios:
Es el caso de mi Hermandad que en tiempos del cardenal Bueno Monrreal obtuvo la dispensa para celebrar misa el Jueves Santo de mañana.
La cuestión estriba en si esa dispensa es perpetua o hay que renovarla cada año. Yo lo desconozco, pero es razonable pensar que la dispensa la dio un prelado en concreto, por considerarlo oportuno. Otro prelado puede no ser de la misma opinión.
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