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8.5.13

SOBRE LA CELEBRACIÓN DE LA EUCARISTÍA EL JUEVES SANTO


Aunque ya nos hemos alejado algo de la pasada Semana Santa y del Triduo Pascual, vamos a relatar la normativa que el Misal dispone sobre la celebración de la Eucaristía el Jueves Santo.
El Misal dice que Según una antiquísima tradición de la Iglesia, en este día se prohíben todas las misas sin asistencia del pueblo. 
Por la tarde, en la hora más oportuna, se celebra la misa de la Cena del Señor, en la que participa plenamente toda la comunidad local y en la que todos los sacerdotes y ministros ejercen su propio oficio.
Los sacerdotes que ya han celebrado en la misa crismal[1] para el bien de los fieles pueden concelebrar de nuevo la misa vespertina. Los fieles que han comulgado en la misa crismal pueden también comulgar de nuevo en esta misa.
Donde lo exija el bien pastoral, el Ordinario del lugar puede permitir la celebración de otra misa, por la tarde, en las iglesias u oratorios públicos o semipúblicos; y en caso de verdadera necesidad, incluso por la mañana, pero solamente para los fieles que de ningún modo puedan participar en la misa vespertina. Cuídese que estas misas no se celebren solamente para bien de unos pocos y no perjudiquen en nada la misa vespertina, que es la principal. 
La sagrada comunión solamente se puede distribuir a los fieles dentro de la misa; a los enfermos se les puede llevar a cualquier hora del día[2].
De lo anterior se deducen varias cosas:
1.     Que siempre se precisa permiso del obispo ordinario para celebrar misas en ese día (se entiende misas que no sean la de la Cena del Señor –Coena in Domini–).
2.     Que solamente se concederá dispensa para celebrar misa por la tarde si lo exige el bien pastoral.
3.     Que, para celebrar misa por la mañana,  sólo se dará dispensa en caso de verdadera necesidad y únicamente para los fieles que, de ninguna manera, puedan asistir a la misa vespertina de la cena del Señor.
4.     La Eucaristía que se celebre no debe ser para bien de unos pocos (comunidad, grupo, hermandad, etc)  y, además, que no ocasione perjuicio a la misa de la Cena del Señor (misma hora o situaciones similares similares).
Visto lo anterior, la pregunta es la siguiente ¿Puede una hermandad del Jueves Santo celebrar una misa matutina, como preparación de su estación de penitencia?
En principio, y siempre con permiso del obispo, sí, pero solo sería para los que de ninguna manera puedan asistir a la misa de la tarde. En este grupo, entiendo que entrarían exclusivamente los componentes de la cofradía (nazarenos, músicos, costaleros, ayudantes) que, por razón de su horario de procesión, no podrían de ninguna manera acudir a la misa vespertina.
Añadir solamente que la rúbrica empleada para componer el artículo es la traducción española de la 2ª Edición típica del Misal y que la 3ª Edición típica del Misal, del año 2002, aún no se ha publicado en español, al igual que los nuevos Leccionarios.


[1]  Misa que debería celebrarse, de ordinario, el Jueves Santo, por la mañana, pero en nuestra diócesis se ha pasado al Martes Santo.
[2] Misal Romano marzo 1988, edición Coeditores litúrgicos 2007, pág. 252.

2 comentarios:

Camaro dijo...

Es el caso de mi Hermandad que en tiempos del cardenal Bueno Monrreal obtuvo la dispensa para celebrar misa el Jueves Santo de mañana.

Jesús Luengo Mena dijo...

La cuestión estriba en si esa dispensa es perpetua o hay que renovarla cada año. Yo lo desconozco, pero es razonable pensar que la dispensa la dio un prelado en concreto, por considerarlo oportuno. Otro prelado puede no ser de la misma opinión.