En primer
lugar hay que decir que la indumentaria de los ministros depende, en primer
lugar, bien de si van a realizar alguna acción litúrgica o bien en el resto de
los casos. No es lo mismo oficiar alguna ceremonia litúrgica que
estar presente en ella, como uno más del pueblo. Cualquier ministro ordenado puede
estar presente en una eucaristía, por ejemplo, sin presidirla ni concelebrar.
Así, los
ministros participantes en una celebración
litúrgica, se revisten para ejercer su ministerio con las vestiduras
sagradas, que es como hay que llamarlas y reservar el nombre de ornamentos para
los elementos que adornan el altar y el presbiterio. Las vestiduras sagradas juegan
un papel importante en la celebración,
con su propia pedagogía.
La vestidura litúrgica básica, desde el
presidente de la celebración a los acólitos, es el alba –túnica blanca–, que
debe ir con cíngulo si no queda de por sí suficientemente ceñida al cuerpo, y
con el complemento del amito si se precisa, ya que su función es cubrir el
cuello. Los presbíteros llevan sobre el alba la estola –tira de tela de uso
común para todos los ministros ordenados– colgada al cuello con el color
litúrgico que corresponda. Los diáconos llevan la estola atravesada, desde el
hombro izquierdo, pasando sobre el pecho, hacia el lado derecho, donde se
sujeta a la altura de la cintura
La casulla es
propia de los presbíteros y la debe llevar, obligatoriamente, el ministro
ordenado que preside la celebración. A los sacerdotes concelebrantes les está
permito prescindir de la casulla, pudiendo vestir solo alba con estola. El diácono llevara dalmática sobre el alba y la estola.
Tanto la
estola como la casulla tienen su color litúrgico propio del tiempo.
Además,
existen otras vestiduras litúrgicas, que no son objeto de este artículo.
Así pues,
cuando el obispo celebra, se reviste litúrgicamente como los presbíteros, aunque en ocasiones más solemnes puede llevar la dalmática,
blanca, debajo de la casulla, además de sus insignias pontificales (anillo, mitra,
báculo, cruz pectoral y palio, si le corresponde).
El hábito coral del obispo[1] lo usará cuantas veces sale para dirigirse
públicamente a la Iglesia o cuando regresa de ella, cuando esté presente sin
que presida la liturgia o las acciones sagradas, y en otros casos previstos en
el Ceremonial, tanto en su diócesis como fuera de ella.
Este hábito
coral consta de sotana de color violáceo, una banda de seda del mismo color con
flecos también de seda como adorno en ambos extremos –sin borlas–, roquete de
lino o de otro tejido semejante, muceta de color violáceo –sin cogulla, o sea, sin
capucha–, cruz pectoral sostenida sobre la muceta por un cordón de color verde
entretejido con oro, solideo y bonete de color violáceo, con borla. Cuando el obispo
lleva la sotana violácea, también usa medias de ese color. Puede usar capa magna, sin armiño, en su
diócesis para las grandes solemnidades; los zapatos serán negros y sin
hebillas.
Fuera de los
actos litúrgicos los clérigos han de vestir un traje eclesiástico digno, según
las normas dadas por la Conferencia Episcopal y las costumbres legítimas del
lugar –CDC 284–.
El Directorio para el Ministerio y la vida de los presbíteros, dado por Juan Pablo II, el 31
de enero de 1994, indica en su número 66 sobre la obligación del traje eclesiástico que El presbítero
debe ser reconocible sobre todo, por su comportamiento, pero también por un
modo de vestir, que ponga de manifiesto de modo inmediatamente perceptible por
todo fiel—más aún, por todo hombre, su identidad y su pertenencia a Dios y a la
Iglesia… El traje, cuando es distinto del talar –sotana–, debe ser diverso de
la manera de vestir de los laicos y conforme a la dignidad y sacralidad de su
ministerio. La forma y el color deben ser establecidos por la Conferencia
Episcopal, siempre en armonía con las disposiciones de derecho universal.
Exceptuando las situaciones del todo excepcionales, el no usar el traje eclesiástico por parte del clérigo puede
manifestar un escaso sentido de la propia identidad de pastor, enteramente
dedicado al servicio de la Iglesia.
Para presidir una acto de piedad popular, como por ejemplo un Vía Crucis, que no
es un acto litúrgico, sino que es un ejercicio
de piedad, llevan el llamado hábito piano episcopal, que consta de una sotana negra
con cordoncillo, ribetes, costuras, ojales y botones de seda color rubí, sin
sobremangas; sobre esta se puede colocar una esclavina; fajín con flecos, cruz
pectoral con cadenilla y solideo; las medias violáceas son opcionales. Es la
indumentaria adecuada para la asistencia a actos públicos, pero no litúrgicos.
Con este
hábito se permite el uso de sombrero: de paño grueso de color negro el cual
puede ser adornado con cordoncillos y borlas de color verde. En circunstancias
más solemnes se podrá usar un amplio manteo de seda, color violáceo – los
italianos le llaman ferraiolo–, que llegue hasta los pies.
Por otro lado,
el vestido común, o de uso
cotidiano, puede ser la sotana negra. Con la sotana,
usan medias negras; también pueden llevar alzacuello, el solideo y la faja de
color morado. La cruz pectoral se sostiene con la cadenilla. Siempre debe llevarse el anillo,
independientemente de la vestidura que,
en cada momento, lleve. Si el
obispo es religioso puede llevar el hábito de su Instituto. También puede vestir el clerigman.
Finalizamos
remitiendo al lector interesado al Apéndice I del Ceremonial de los Obispos,
donde se describen detalladamente las vestiduras de los obispos.
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