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14.2.12

REQUISITOS PARA SER INSTITUIDO DE LECTOR Y/O ACÓLITO EN LA ARCHIDIÓCESIS DE SEVILLA

Recientemente se ha publicado por el Arzobispado de Sevilla un directorio donde se concreta el itinerario formativo y reglamentario para poder ser instituido en los ministerios laicales de lector y/o acólito. Para los interesados, lo pongo a continuación, con un breve comentario al final.

DIRECTORIO PARA LA FORMACION Y ADMISION DE LOS VARONES LAICOS, NO ASPIRANTES AL DIACONADO O AL PRESBITERADO, QUE SOLICITEN SER INSTITUIDOS EN LOS MINISTERIOS DE LECTOR O ACOLITO.

Primero

Por decreto de fecha 8 de noviembre de 2011 (Prot. n. 3112/11), las competencias en el discernimiento, selección, formación y admisión a la institución de los varones laicos que, sin aspirar al Diaconado o al Presbiterado, solicitan ser instituidos en los ministerios de Lector o Acolito, ha quedado asignada al Vicario General, a quien auxiliará en la gestión de solicitudes y en las acciones formativas la Delegación Diocesana de Liturgia.

Segundo

Para ser admitida, la solicitud de institución en los Ministerios Laicales, deberá entregar los siguientes documentos, que se presentaran en el Registro General de la Archidiócesis;

1. Solicitud de institución en el Ministerio, dirigida al arzobispo de Sevilla.

Z. Fotocopia del DNI, que acredite haber cumplido 25 años de edad.

3. Partidas de bautismo y confirmación (o constancia de la misma en nota marginal de la partida bautismal).

4. Carta de su párroco recomendando su institución.

5. Curriculum vitae sobre su formación, estado, vida laboral e inserción eclesial, con fotografía.

6. Certificado del Instituto Superior de Ciencias Religiosas San Isidoro y San Leandro de haber cursado y aprobado la asignatura de “Introducción a la Sagrada Escritura" para los aspirantes al Lectorado, y la de "Eucaristia" para los aspirantes al Acolitado.

7. Certificado del Instituto de Liturgia San Isidoro de haber cursado y aprobado el Primer Ciclo para los aspirantes al Lectorado, y el Primer y Segundo Ciclos para los aspirantes al Acolitado.

Tercero

Los aspirantes cuya solicitud haya sido admitida por cumplir los requisitos anteriormente relacionados mantendrán una entrevista con el vicario general, quien determinara la preadmisión o no del aspirante. Esta preadmisión no origina derecho a la institución en el ministerio.

2. Los aspirantes preadmitidos serán convocados a un cursillo especifico sobre el ministerio solicitado, impartido por el Instituto de Liturgia San Isidoro, el cual culminará con una prueba practica sobre el desempeño del ministerio, en la que estará presente el vicario general.

3. Atendiendo al resultado obtenido por el aspirante, tanto en el cursillo como en la prueba práctica final, el vicario general aprobará o no la inclusión del aspirante en la relación de los admitidos a la institución en el ministerio solicitado.

4. Los aspirantes que hayan sido admitidos a la institución en el ministerio solicitado mantendrán una entrevista con el arzobispo.

Sevilla, veinte de enero de dos mil doce

El documento viene firmado por Teodoro León Muñoz, vicario general de la Archidiócesis de Sevilla y por Francisco Román Castro, como secretario general y canciller.

¿Qué novedades aporta la nueva normativa respecto a la anterior? Fundamentalmente se exige ahora mayor formación, al ser requisito cursar una asignatura en el Instituto Superior de Ciencias Religiosas San Isidoro y San Leandro (dependiendo se lector o acólito) y las distintas entrevistas, así como la prueba práctica de ejercicio del ministerio. En definitiva, una apuesta del Arzobispado por seleccionar más rigurosamente a los aspirantes a los ministerios laicales.
Añadir que, estos requisitos, se refieren exclusivamente a la archidiócesis sevilla. Cada diócesis tiene sus propias normas, aunque, lógicamente, las diferencias no serán enormes.

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