Buscar este blog

5.10.11

EL ACTO PENITENCIAL DE LA MISA

Dentro de los ritos iniciales de la misa, tras el saludo del sacerdote a la Asamblea, se realiza el acto penitencial. Este acto tiene el sentido de manifestar el sentimiento que tiene la Iglesia de ser comunidad de pecadores. Sirve para valorar la realidad del pecado, crecer en espíritu de penitencia, y considerar la misericordia de Dios. Y nosotros, los cristianos, antes que nada, «para celebrar dignamente estos sagrados misterios», debemos solicitar de Dios primero el perdón de nuestras culpas. Los que frecuentamos la eucaristía hemos de ser los más convencidos de esa condición nuestra de pecadores, que en la misa precisamente confesamos: «por mi gran culpa». Y por eso justamente, porque nos sabemos pecadores, por eso frecuentamos la eucaristía, y comenzamos su celebración con la más humilde petición de perdón a Dios. Y para recibir ese perdón, pedimos también «a Santa María, siempre Virgen, a los ángeles, a los santos y a vosotros, hermanos», que intercedan por nosotros.
Haciendo un poco de historia digamos que el acto penitencial, al inicio de la misa, es una novedad del Misal del Concilio Vaticano II. El acto penitencial se deriva de las devociones privadas del celebrante; al principio las decía el celebrante mientras iba de la sacristía al altar, más tarde empezó a recitarlas delante del altar mientras la asamblea ejecutaba el canto de entrada. Las misas dialogadas, introducidas a principios del siglo XX y después popularizadas, influyeron en que el acto penitencial fuera considerado cada vez más como acto comunitario. En realidad, en la antigüedad nunca existió al inicio de la misa y cuando nace, en la Edad Media, aparece como una devoción personal del celebrante. Este acto se hizo comunitario en el Misal de Pablo VI.
En las misas dominicales, especialmente en el tiempo pascual, el acto penitencial se puede sustituir por la aspersión de agua bendita, evocando el bautismo.
Hoy, el acto penitencial, forma parte del Ordinario de la Misa y a nadie le es lícito omitirlo por iniciativa propia. Asimismo, el acto penitencial es simplemente uno de los ritos introductorios y no una verdadera parte de la Misa.
¿Cómo se estructura? El acto penitencial, que consta de tres partes, tiene a su vez tres formularios. El sacerdote siempre lo introduce y lo concluye.
En la primera fórmula, se comienza con una invitación por parte del presidente a los fieles para que se examinen y reconozcan pecadores. El sacerdote dice: "Hermanos: para celebrar dignamente estos sagrados misterios, reconozcamos nuestros pecados". Sigue un momento de silencio, que es importante y forma parte de este acto. A continuación viene la petición de perdón, que se expresa con la oración "Yo confieso ante Dios todopoderoso" con el gesto de un golpe de pecho al decir: Por mi culpa, por mi culpa, por mi gran culpa. En el anterior rito eran tres golpes; ahora basta con uno.
El tercer momento es la absolución, que no tiene carácter sacramental, sino que expresa un deseo de perdón de Dios. El sacerdote implora: "Dios todopoderoso tenga misericordia de nosotros, perdone nuestros pecados y nos lleve a la vida eterna". No debemos olvidar que la más genuina tradición litúrgica es que nuestros pecados leves se perdonan escuchando de corazón la Palabra de Dios y participando en el banquete eucarístico, tal como la OGMR en su nº 51 nos indica, cuando dice que el rito del acto penitencial no tiene la eficacia propia del sacramento de la penitencia. Es decir, es la misa, en su conjunto celebrada y vivida, cuando son perdonados nuestros pecados menores. También, en otros momentos de la misa -el Gloria, el Padrenuestro, el No soy digno- se suplica y se obtiene, el perdón de Dios.
En la segunda fórmula no se reza el Yo Pecador, que se sustituye por unas invocaciones que responde el pueblo.
En la tercera fórmula tampoco se reza el Yo pecador y, en cambio, se emplea el Kýrie, con unas invocaciones previas: "Tú, que has sido enviado a sanar los corazones afligidos: Señor, ten piedad respondiendo el pueblo Señor, ten piedad" y otras dos más. En esta tercera fórmula, el rito indica que el acto penitencial, cuando incluye el Señor, ten piedad, el tropo precedente lo recita «el sacerdote u otro ministro idóneo», por lo tanto queda claro, que no sólo es el presidente de la celebración quien puede recitar la fórmula, lo puede hacer también el diácono o un ministro laico, que tal vez sea la forma más expresiva de realizar el acto penitencial, según nos propone el mismo Misal. El sacerdote responde a una sola voz con todos, concluyendo al final, como corresponde a su rol de presidente.
Observaciones generales. Se debe evitar alargar excesivamente este momento, es decir, cantarlo, salvo en ocasiones más solemnes. A veces puede parecer excesivo un canto de entrada, el canto del acto penitencial y el canto del Gloria. Tendríamos tres cantos en un momento que sólo es un rito introductorio de la Misa. No obstante, es algo que se está haciendo muy común en nuestras celebraciones. Puede resultar incomprensible extendernos demasiado en los ritos introductorios, con excesivos cantos y sin embargo prescindir, por ejemplo, de recitar el Canon Romano o la Plegaria Eucarística IV, textos que forman parte de un momento más importante como lo es la Plegaria Eucarística, con la excusa de que “son largos”.

No hay comentarios: